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¿Cuáles son los gastos de compraventa de una vivienda en canarias?
Cuando nos decidamos a comprar una casa o un piso, debemos saber que no solo pagaremos su precio de venta, sino que deberemos dedicar una suma de dinero extra a una serie de gastos que se generarán por la escrituración de la transmisión de la propiedad. A continuación, detallamos cuáles son todas estas partidas y cuánto cuestan aproximadamente:
1. La escrituración pública en la notaría
Es lo que nos costarán los aranceles notariales más el coste de las copias de la escritura. El coste de los aranceles suele oscilar entre el 0,2% y el0,5% del valor del inmueble.
2. La inscripción en el Registro de la Propiedad
Es el precio de los aranceles del registrador, que normalmente oscila entre el 0,1% y el 0,25% del precio de la vivienda.
3. Los honorarios de la agencia gestora
Es lo que nos cobrará la gestoría encargada de tramitar la inscripción dela escritura de la casa y de la hipoteca (si la compra es financiada). Su coste suele ser de unos 300 euros.
4. Los impuestos
Son los tributos autonómicos o estatales asociados a la compraventa del inmueble. Pueden variar en función del tipo de vivienda: CANARIAS
- Si la vivienda es nueva: IGIC (7%) e IAJD (0,75% -
- Si la vivienda es de segunda mano: ITP (6,5% - En la comunidad autónoma CANARIA)
- Si el valor del terreno ha aumentado: IIVTNU o plusvalía municipal (depende de cada Ayuntamiento).
¿Quién paga los gastos de compra de vivienda?
Los gastos de compraventa se reparten únicamente entre el comprador y el vendedor, pues el banco no interviene en esta parte de la operación (más allá de prestar dinero al primero para que efectúe la adquisición). Esto es lo que tiene que abonar cada parte:
¿Qué tiene que pagar el comprador?
- Los gastos notariales generados por la escrituración.
- Los aranceles registrales derivados de la inscripción de la escritura.
- Los honorarios de la gestoría que se encargue de los trámites.
- El IGIC y el IAJD si el inmueble es nuevo o el ITP si es de segunda mano.
- Y, como es lógico, el importe pactado por la compra de la vivienda.
Conjuntamente, todos estos gastos tienen un coste medio equivalente del 8 al-10% del valor del inmueble adquirido. Para pagarlos, el comprador tiene que hacer una provisión de fondos previa a la firma de las escrituras, que la gestoría utiliza posteriormente para abonar las facturas correspondientes.
¿Qué tiene que pagar el vendedor?
- El IIVTNU o plusvalía municipal si procede.
- Los honorarios de la agencia intermediaria si ha contratado sus servicios para vender el inmueble
- Los gastos de cancelación de su hipoteca si existía esta carga antes de la venta.
¿Cuánto hay que pagar por estos gastos e impuestos?
Depende del valor de la vivienda y de la comunidad autónoma en la que esté situada, aunque el coste de estos gastos suele rondar del8-10% sobre el importe de la compra.
Por ejemplo, si queremos comprar una vivienda de 150.000 euros en la ciudad de SANTA CRUZ DE TENERIFE, tendremos que abonar los gastos notariales y registrales asociados a la operación, así como los honorarios de la gestoría y los impuestos que correspondan. Veamos cuánto habría que pagar por cada uno de estos conceptos:
- Aranceles notariales: unos 750 euros
- Aranceles del registrador de la propiedad: unos 375 euros
- Honorarios de la gestoría: unos 300 euros
- Impuestos:
- IGIC + IAJD si es nueva: 10.500 euros (10.500 + 1125)
- ITP si es de segunda mano: 9.750 euros
En total, deberíamos desembolsar unos 11.625 euros para una vivienda nueva, mientras que si el piso o la casa fuera de segunda mano, esa cifra se reduciría hasta los 9.750 euros.
¿Cuánto puede costar una reserva de la compra?
Depende de lo que pacten las partes, aunque normalmente el comprador le adelanta un 10% del valor de la vivienda al vendedor. Como comentan desde el Colegio General del Notariado, con esta operación se entrega una cantidad de dinero a cambio del compromiso de adquirir la vivienda al cabo de un plazo determinado. Si no se cumple ese plazo, la suma entregada se la puede quedar el vendedor.
Esta reserva puede darse de tres maneras: mediante un contrato de arras, a través de uno de paga y señal o con un contrato de opción de compra. En cualquier caso, si se quiere dotar de mayor seguridad a la operación, esta puede formalizarse ante notario, aunque pagándole sus honorarios.
¿Tengo que pagar algún gasto por la hipoteca?
Sí. Aunque la mayoría de los gastos de constitución de la hipoteca los tiene que pagar el banco, al cliente le corresponde abonar el coste dela tasación de la vivienda, que cuesta unos 300 euros de media. Además, debe hacer frente al precio de la copia de su escritura hipotecaria.

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